publicidad de ley 14346 argentina contra maltrato animal

LEY 14346 ACERCA DEL MALTRATO ANIMAL

Con la creciente preocupación por el bienestar animal en todo el mundo, cada vez son más los países que están adoptando medidas legales para proteger a los animales del maltrato y la crueldad. En Argentina, la ley 14346 del maltrato animal, sancionada en 1954, es la normativa que establece los principios y las sanciones aplicables a quienes cometan delitos contra animales.
La ley 14346 establece que se considera maltrato animal toda acción u omisión que produzca sufrimiento, dolor o daño a un animal, ya sea en forma intencional o por negligencia. Esta ley protege a todos los animales, sean domésticos, silvestres o de producción.


Entre las conductas que se consideran maltrato animal y que están penadas por la ley se encuentran la mutilación, el envenenamiento, el abandono, la explotación, el transporte inadecuado, la utilización de animales en peleas, la caza y la pesca ilegal, y la experimentación científica sin los controles necesarios.
La ley establece sanciones para quienes cometan delitos contra los animales. Las penas varían según la gravedad del delito y pueden incluir multas, prisión y la inhabilitación para ejercer determinadas actividades. Además, la ley establece la obligación de reparar el daño causado al animal y la posibilidad de que se le retire la tenencia del animal al infractor.
Una de las novedades que introduce la ley 14346 es la creación del Consejo de Protección de los Animales, encargado de promover la protección de los animales y de colaborar con las autoridades en la aplicación de la ley. Este consejo tiene la tarea de llevar adelante campañas de concientización, de denunciar los casos de maltrato animal y de colaborar con la investigación y el seguimiento de los casos.


En definitiva, la ley 14346 del maltrato animal en Argentina establece las normas necesarias para la protección de los animales y la prevención del maltrato animal. Esta ley es una herramienta importante para concientizar a la sociedad sobre la importancia del bienestar animal y para fomentar el respeto y la protección de todas las especies animales.

ley de maltrato animal

¿Como denunciar el maltrato animal?

La ley N° 14346 Argentina es una ley penal que sanciona el maltrato y la crueldad hacia los animales. Si quieres denunciar un caso, hace lo siguiente:

1- Imprimí la ley y dirígete a la comisaria de la zona donde se produce el hecho.

2- La policía debe tomar tu denuncia, si no lo hacen están incumpliendo con sus obligaciones como funcionarios públicos.

3- Pedí una constancia de tu denuncia y pregunta a que fiscalía pasa y en cuanto tiempo

4- Dirigite a la fiscalia que recibió tu denuncia para ratificarla

¡¡¡ No te olvides !!!

Tenes que tener pruebas antes de denunciar el maltrato, de lo contrario la acción nunca va a prosperar. ¿ Como probas? :

  • Fotos
  • Vídeos
  • Testigos
  • Parte medico veterinario, con su sello y firma ( recetas, radiografías, ecografías, etc.)
  • Todo lo que consideres que puede ser de utilidad

LEY N° 14346 DE PROTECCIÓN ANIMAL

ARTICULO 1

Sera reprimido con prisión de quince días a un año, el que infringiere malos tratos o hiciere victima de actos de crueldad a los animales.

ARTICULO 2

Serán considerados actos de mal trato:

  1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
  2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estimulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
  3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;
  4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;
  5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
  6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

ARTICULO 3

Serán considerados actos de crueldad:

  1. Practicar la vivisección con fines que no sea científicamente demostrables en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello;
  2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
  3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el titulo de medico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
  4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia:
  5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
  6. Causar la muerte a animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;
  7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causándoles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por el solo espíritu de perversidad
  8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en el que se mate, hiera u hostilice a los animales.

Si tenes dudas, comunicarte con:

www.facebook.com/codacatuc

“A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, cabe reconocer al animal el carácter de SUJETO DE DERECHOS, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente…” (FALLO: ‘Orangután Sandra s/ Habeas Corpus’ – Cámara Federal de Casación Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Año 2014)

LEY 14346 CONTRA EL MALTRATO ANIMAL EN PDF

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